Los avances en la tecnología de la información y la comunicación han hecho que proliferen ciertos tipos de delitos por la sencillez de establecer conexiones o interacciones y la sensación de anonimato que brinda internet. Y desgraciadamente, algunos delitos como los ataques cibernéticos no solo tienen el objetivo de conseguir información que puede resultarnos valiosa, sino también de dañar nuestros equipos o reputación profesional.
Uno de los más desagradables es infectar a los equipos informáticos con virus que contienen pornografía infantil. El Código Penal se ha remodelado para adaptarse al actual modo de ciberdelincuencia y poder castigar estas conductas. Durante la formación de guardia civiles o agentes policiales se hace mucho hincapié en las últimas actualizaciones del artículo 189 debido al aumento del tráfico de imágenes delictivas.
No obstante, es importante que todos los usuarios de internet conozcamos bien este artículo 189 por si somos víctimas de algún virus que infecte nuestro ordenador y pueda causarnos graves problemas como el ir a la cárcel.
Indice del contenido
1.¿Qué se considera pornografía infantil?
En el mundo digital en el que nos movemos cada día absolutamente nadie está exento de ser engañado por internet. La juventud es uno de los grupos más vulnerables, por lo que se está volviendo más frecuente realizar charlas informativas y de concienciación en colegios o institutos, tanto para padres como para alumnos. Lo que se busca es informarlos sobre este delito recogido en el artículo 189 del Código Penal y así poder reconocer cuándo se está ante este tipo de situaciones y saber cómo actuar ante un pedófilo.
La pornografía infantil se aprovecha de la fragilidad de los menores para poder tratarlos como objetos sexuales independientemente de contar con su consentimiento o no.
En el artículo 189 del Código Penal, en vigor desde julio de 2015, se define la pornografía infantil, según la guía de la Directiva Europea, en base a dos tipos de material:
- Material en el que se representa a un menor de edad o un discapacitado manteniendo relaciones sexuales. Se refiere a imágenes o vídeos reales.
- Material realista que incluye a menores participando en conductas sexuales explícitas o sus órganos sexuales, independientemente de que no reflejen un hecho real. Se refiere, por ejemplo, a ilustraciones.
- Material que representa órganos sexuales de menores o personas discapacitadas con fines claramente sexuales.
Cabe mencionar también al artículo 183 bis del Código Penal, que guarda una estrecha relación con el artículo 189 al que nos referimos en este artículo, recoge las penas para los abusos a menores que tienen lugar sirviéndose de internet o de cualquier otro dispositivo relativo a la tecnología de la información y comunicación. La persona que intente contactar con un menor para cometer los delitos descritos en los artículos 178, 183 o 189, se enfrentará a penas de prisión de entre uno a tres años o a una multa que oscila entre doce y veinticuatro meses. Éstas serán mayores si se emplean tácticas de coacción, intimidación o engaño.
2. Diferencias con los términos: pedofilia y pederastia
Dada la generalizada confusión que generan estos términos, para comprender mejor el contenido del artículo 189 de Código Penal, es mejor diferenciar claramente cada uno de ellos.
Pedofilia: trastorno psiquiátrico en el que un adulto siente atracción sexual por menores de edad. La conducta de un pedófilo puede ser inofensiva o puede entrar en terreno delictivo.
Pederastia: abuso sexual de menores. Es una conducta de carácter deshonesto.
Como vemos, los términos son muy parecidos, pero con matices:
Atracción | Práctica sexual | Abuso | Objeto | |
Pedofilia | Sí | Sí o No | Sí o No | Menores/ adolescentes |
Pederastia | Sí o No | Sí | Sí | Menores |
3. Elementos relevantes del delito de pornografía infantil
El sujeto activo, al ser considerado un delito común, puede ser cualquier persona imputable. Incurrirán en este delito los productores, los intermediarios, los difusores y los consumidores finales del material pornográfico infantil.
El objeto del delito es cualquier tipo de material pornográfico descrito en el apartado anterior y recogido en el artículo 189 del Código Penal.
Las actividades delictivas que se contemplan son: producción del material pornográfico infantil, venta del mismo, exhibición o la facilitación de las tres actividades anteriores, así como estar en su posesión para cualquiera de los fines descritos.
El sujeto activo ha de tener una conducta dolosa.
La procedencia del material pornográfico incautado no importa a la hora de aplicar el artículo 189 del Código Penal.
En caso de que el material que se posea sea para consumo propio, hay un tipo de delito atenuado, al no incurrir en la venta, distribución o exhibición del mismo, el que la jurisprudencia denomina “delito solitario”.
4. Penas recogidas en el artículo 189 del Código Penal
Se pueden distinguir dos apartados dentro del delito de pornografía infantil:
- Producción propia o exhibición del material: se incluye la creación, venta, distribución o exhibición.
- Puesta en circulación del material pornográfico infantil: recoge un enfoque que hace referencia a la acción de facilitar cualquiera de las actividades del primer apartado.
Las penas que se presentan en el artículo 189 que trata el delito de pornografía infantil establecen que serán los sujetos que lleven a cabo las conductas anteriormente descritas, serán castigados con una pena de uno a cinco años de prisión.
En caso de que el infractor del delito de pornografía infantil tenga el material para su propio uso, la pena es de tres meses a un año de prisión o una multa de seis meses a dos años.
La asistencia a espectáculos o eventos exhibicionistas o pornográficos en los que intervienen menores o discapacitados, está contemplada el artículo 189 del Código Penal con una pena de seis meses a dos años de prisión.
La pena de prisión que se maneja para este delito es de cinco a nueve años cuando se acompañe de alguna de las siguientes situaciones:
- Si se utiliza a menores de 16 años.
- Si los hechos ocurridos se consideran degradantes o vejatorios para la víctima.
- Si los menores han sido víctimas también de violencia física o sexual.
- Si la salud o la vida del menor o persona discapacitada se ha puesto en peligro.
- Si el infractor del delito 189 del Código Penal pertenece a algún tipo de organización.
- Si el material pornográfico infantil tiene una importancia relevante.
- Si se incurre en el delito de pornografía infantil de forma reincidente.
- Si el infractor guarda una relación de parentesco o cercanía con la víctima y abusa de su autoridad o de la confianza.
5. Formas de actuación en el mundo de la pornografía infantil
Grooming: se denomina con este anglicismo a la acción que llevan a cabo personas que hacen uso de distintas opciones presentes en la red como chats, foros, redes sociales u otras plataformas, para encontrar menores con los que poder establecer contacto. Normalmente no proporcionan su verdadera identidad y se hacen pasar por otra persona de la misma edad que su víctima para ganarse su confianza y conseguir ver cumplidas sus diversas fantasías sexuales. Si no consiguen su objetivo de obtener material comprometido o se ven descubiertos cuando ya lo tienen en su poder, lo más común es amenazar con la difusión de esas fotos o vídeos entre gente de su entorno a través de redes sociales u otros medios. En menor medida, suelen proferir amenazas contra la vida de la víctima o sus allegados.
Cuando el individuo cuenta con conocimientos técnicos específicos las actuaciones pueden complementarse además con acciones encaminadas a interceptar la webcam de las víctimas para conseguir las imágenes de forma involuntaria.
Foros de material pedófilo: internet es una estupenda forma de ponerse en contacto con gente que comparte los mismos intereses. Los infractores del artículo 189 del Código Penal encuentran en los foros una plataforma estupenda para ponerse en contacto entre ellos y compartir o intercambiar archivos y material sobre esta temática. Suelen ser el primer medio de contacto de individuos que cuentan con estos gustos o aficiones.
Estos foros son de diverso tipo, podemos encontrar foros de pornografía infantil que resultan bastante accesibles y en los que se pueden obtener el material sin excesiva complicación. Debido al carácter ilegal de estos medios, otros tienen más restricciones para su acceso y se exige un registro previo en la plataforma e incluso la obligación de compartir archivos o se realiza un test para comprobar si en realidad ese usuario presenta un perfil pedófilo.
Bandas organizadas: se han estructurado sólidamente este tipo de organizaciones que ven en la pornografía infantil una fuente de entrada de dinero. Este provechoso negocio se basa en conseguir beneficios por el pago de cuotas para el acceso a determinados sitios web donde ofrecen abundante material comprometido de buena calidad y novedoso, por lo que se valoran mucho entre los adeptos a la pornografía infantil. Otro medio de ingresos de estas bandas es ofrecer servicios sexuales de menores a los individuos interesados. La explotación sexual a la que son sometidos los menores algunas veces conlleva una contraprestación económica ridícula para sus progenitores.
En una situación tan delicada como la que se trata en este artículo, acciones de carácter sexuales en las que las víctimas pertenecen a uno de los grupos más vulnerables de la sociedad, los servicios de un perito informático serán de gran ayuda para poder desmontar teorías o acusaciones relacionadas con el artículo 189 del Código Penal.
6. ¿Qué hacer si mi equipo informático recibe un virus con contenido de pornografía infantil?
Lo primero que se debe hacer cuando nos encontramos ante este hecho es llamar al 091 para ponernos en contacto con la Policía Nacional o el 062 para la Guardia Civil.
Evita abrir o cerrar cualquier tipo de archivo y detalla a los agentes policiales lo que has visto que consideras que es un delito.
No apagues el equipo informático porque será investigado por la policía para hallar el origen de ese virus y encarcelar al responsable.
Estas conductas delictivas se pueden probar con evidencias digitales recolectando pruebas y aplicando herramientas y técnicas específicas, por lo que podrás demostrar tu inocencia ante lo sucedido.